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Ayudas a la contratación indefinida

El título largo de esta subvención es «Ayuda a las personas trabajadoras autónomas por la contratación indefinida de personas asalariadas», así que, con la descripción larga no cabe duda de lo que vamos a hablar en este post.

¿Quién puede optar a esta ayuda?

  1. Los autónom@s que contraten por primera vez a una persona asalariada con carácter indefinido, durante su primer año de actividad.
  2. Los autónom@s que contraten por segunda o tercera vez, siempre con carácter indefinido, dentro de los tres primeros años de actividad.

Cuantía de las ayudas:

1. En el primer caso:

a) 4.000 € contratación de hombre desempleado.
b) 5.000 € hombre desempleado de más de 45 años y parado de larga duración.
c) 5.000 € mujer desempleada.
d) 6.000 € mujer desempleada mayor de 45 años y parada de larga duración.

ii. En el segundo caso.

a) 5.000 € contratación de hombre desempleado.
b) 6.000 € hombre desempleado mayor de 45 años y parado de larga duración.
c) 6.000 € mujer desempleada.
d) 7.000 € cuando se trate de mujer desempleada mayor de 45 años y parada de larga duración.

Las contrataciones que sean beneficiarias de esta ayuda conllevan, entre otras obligaciones, el mantener a la persona contratada durante un período mínimo de dos años.

La vigencia de esta subvención está operativa hasta el próximo 30 de septiembre d 2016 (o hasta que se agote el presupuesto aprobado para esta ayuda).