Cómo tributan las rentas de alquiler
Los propietarios que alquilen viviendas a título personal deben saber que las rentas tributan en el IRPF, dentro de la categoría de rendimientos de capital inmobiliario. Este impuesto, de carácter progresivo, aplica una escala que va del 19% al 47% según los ingresos del contribuyente. La AEAT ha intensificado su control sobre este tipo de rendimientos, utilizando Big Data y cruzando información de plataformas de alquiler, comercializadores vacacionales, entre otros. Este esfuerzo obedece a la detección de un foco significativo de fraude en rentas no declaradas, buscando así combatir la evasión fiscal en este ámbito.
La tributación alquiler vivienda ha ganado complejidad con las diferentes modalidades de alquiler (residencial, vacacional o temporal) y, especialmente, con las novedades de la Ley de Vivienda. Aunque la rentabilidad bruta de cada modalidad puede variar según la ubicación, en términos fiscales, el alquiler de larga estancia o vivienda habitual más ventajoso. Este tipo de contrato permite una reducción del 60% sobre el ingreso neto, siempre que se declaren voluntariamente antes de una comprobación de la AEAT. Sin embargo, esto se ha visto afectada por la Ley de Vivienda con modificaciones desde enero, introduciendo porcentajes de reducción (70% o 50%) dependiendo de circunstancias como la zona de mercado tensionado.
Tan crucial como la reducción aplicable son los gastos deducibles en alquiler, que incluyen financiación, asesoría, seguros, tasas, suministros (si los paga el arrendador) y mejoras de eficiencia energética. Las rentas impagadas también pueden ser deducibles si transcurren más de seis meses desde la primera gestión de cobro. Como bien se indica: «Tan importante como conocer la reducción de la que te puedes beneficiar, también son los gastos que te puedes deducir». Por ello, al evaluar la rentabilidad del alquiler, es fundamental considerar el coste fiscal y la normativa, lo que influirá en distintas decisiones. Para obtener más información sobre este artículo, haz clic aquí y lee el artículo completo de Noelia Puceiro, nuestra directora de Inter Asesoría.