Skip to content

¿Se puede despedir por lo que publicas en TikTok durante una baja médica?

En las últimas semanas, el Tribunal Superior de Cataluña ha sido noticia. Por no considerar nulo un despido donde se utilizaron imágenes de TikTok. Ya que, no han vulnerado el derecho a la imagen ni a la intimidad.

El caso en concreto es el despido de una trabajadora que se encontraba en situación de Incapacidad Temporal por trastorno de ansiedad y depresión. Durante la baja médica la empresa ha tenido acceso a través de imágenes y vídeos que la trabajadora publicaba en su perfil de TikTok donde se le ve realizando diferentes viajes, la empresa basa el despido en que estos viajes contravienen la prescripción médica y propiciaban que se prolongara la incapacidad temporal.

Inicialmente el despido se declara nulo por vulneración del derecho a la propia imagen, la empresa procede a recurso de suplicación. En primer lugar, este caso concreto se centra si la empresa puede utilizar como medio de prueba imágenes obtenidas de una red social y si dicha obtención vulnera la imagen e intimidad de la trabajadora. La obtención de imágenes se realizaba a través de la plataforma cuyo perfil que se encuentra abierto al público, la persona afectada no se opone ni solicita la retirada de las imágenes a través de los mecanismos de la red social, la captación de dichas imágenes no implica el consentimiento para su difusión, pero al no proceder a la eliminación se entiende el consentimiento tácito de exhibición pública.

El tribunal no anuló el despido por las imágenes, ya que se obtuvieron lícitamente. La trabajadora no se opuso y no retiró las imágenes. Por ello, no se vulneró su intimidad ni su imagen. Sin embargo, sí se reconoció la improcedencia del despido. La empresa lo basó en que los viajes perjudicaban su incapacidad temporal. Pero se acreditó que los viajes eran parte del tratamiento médico. La trabajadora tenía prescripción médica para salir y viajar. Esto incluía cualquier actividad fuera de su rutina. Para obtener más información sobre este tema, haz clic aquí para leer el artículo completo de Lorena Torres, asesora laboran e Inter Asesoría.

Apuntate a nuestro boletín de noticias

Algo salió mal. Por favor, verifica tus entradas y vuelve a intentarlo.

Contacta con nosotros:

Rellenar este formulario implica la aceptación de nuestra Política de privacidad

Empresa asociada a:

Colabora con :

Certificados oficiales:

Empresa asociada a:

Colabora con:

Asset 11

Certificados oficiales: