La factura electrónica: el futuro de las empresas
Ante una realidad en donde prima lo digital, el Gobierno genera nuevas normativas que traen muchos cambios para la sociedad. Algunos de estos son asumibles para la gran mayoría de personas que se encuentran familiarizadas con el mundo tecnológico, pero no tanto para los que no.
Esto significa que, se avecina un marco de medidas pensadas en preparar a una sociedad con operativa en gran medida digital. El presagio de ello es el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
En este plan se recoge el anteproyecto de Ley de Creación y Crecimiento de Empresas, en el cual se establece la obligatoriedad de la factura electrónica. Las empresas que facturen más de 8 millones tendrán un año para instaurar esta medida, no solo a efectos de emisión sino también a modo consultivo a los destinatarios de estas durante los últimos 4 años. Del mismo modo, para las mediadas-grandes empresas, esto tendrá que implantarse, pero a los 3 años desde su publicación.
Se prevé que la implantación de la factura electrónica suponga unos costes elevados, por lo que, en esta Ley se menciona la intención de conceder subvenciones a las empresas y autónomos. Por otro lado, puede llegar a existir la posibilidad de canalizar este proceso por una plataforma gubernamental.
Para la Administración, esto supone un mayor control tributario. Sin embargo, es inevitable no pensar en cómo convivirá nuestro nuevo sistema de facturación con los regímenes de facturación de otros países de la Unión Europea o del mundo, o si esto supondrá una barrera para el tráfico internacional. En relación con la obligación de la puesta a disposición de consultas durante los últimos 4 años ¿todo tipo de transacciones quedan supeditados a la emisión de la factura electrónica, inclusive la de una cafetería, supermercado o comercio?
En esta Ley existen otras medidas con las que se pretende fomentar la creación de empresas, ya que será posible constituir una con solo un euro de capital social. Con esto, se vuelve a impulsar la creación de sociedades de manera telemática, un acto que, hasta hace poco, era impensable hacerlo de manera electrónica o con una lectura mediante videoconferencia
Algunas de las ventajas de este
modelo son: agilización de plazos, facilidad para personas con movilidad
reducida o discapacidad para acceder al servicio, facilidad para disponer de
copias digitales en caso de extravío
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