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¿Cómo afrontar una notificación de Hacienda?

No hace mucho tiempo, a la espera de mi turno, observaba como un amable funcionario de Hacienda (que sí, los hay) explicaba a una pareja, correctamente, con infinita paciencia y demostrando una gran empatía, que la carta que llevaban en la mano, efectivamente, era para susto y disgusto de los allí comparecientes.

Por no atender un requerimiento previo de la Administración en el que se les solicitaba la presentación de la Renta, ésta les había practicado la liquidación provisional con los datos de los que disponía y, a su vez, había girado el correspondiente expediente sancionador (por no haber atendido, en su día, el requerimiento con el que empezó todo el problema).

El lío era considerable. Creían tener presentada su declaración de la renta, pero en los ordenadores de la santa casa Hacienda no constaba nada de nada. Ni presentación ni pago alguno «¿Y ahora qué?» Se preguntaban, mientras seguían jurando y perjurando que «aquéllo» no era posible, que la presentación estaba más que hecha, presentada y pagada.

Imagino que como puede ocurrirle a cualquiera, nuestra pareja ejemplo de hoy, había llegado tan asustada y aturdida a la Delegación de Hacienda que le costaba analizar con cierta frialdad el asunto y aún con toda la ayuda que estaban recibiendo por parte del funcionario, era tal el shock que no había manera de desbloquear la situación. Al menos no en ese momento. Por eso nos ha parecido una buena idea facilitar un pequeño manual de supervivencia inicial por si algún día te encuentras en esta situación.

Pauta número Uno. Recibimos una comunicación de Hacienda.

Si lo que nos ha llegado es el aviso de correos, aunque suene obvio, hay que ir a recogerla. Desentenderse de estas comunicaciones nunca, nunca es una buena idea, dado que por decirlo de algún modo, Hacienda suele tener la sartén por el mango y, en último caso, publicarán la notificación por boletín y el efecto será el mismo que si hubiéramos recogido la notificación, pero con el agravante de no saber cuándo hemos sido notificados (porque reconozcámolos, no somos de leer el BOE todos los días) y de no conocer los detalles del expediente.

Aquí un muy importante inciso: ¿Sabe Hacienda dónde vives? Recuerda que cada vez que cambies de domicilio debes comunicarlo mediante el modelo 030 o el modelo 036/037 si eres empresario. Aún cuando hayas hecho el cambio del padrón en tu ayuntamiento o se lo hayas comunicado a la Seguridad Social…da exactamente lo mismo: Hacienda quiere que le avises de esos cambios (porque de lo contrario seguirán enviando las cartas al antiguo domicilio y no valdrá de nada que les expliques en ese momento que te habías mudado hacía dos años o un mes). Pauta número Dos. Leer la carta.

Con tranquilidad y serenidad. Si no entendemos nada de lo que nos dice (algo que es probable que pueda ocurrir si no estamos habituados a movernos en la «jerga» de Hacienda – el lenguaje que suelen usar no es precisamente el más llano y accesible del mundo) lo mejor es buscar asesoramiento. No se trata de barrer para casa: la mayoría de los asesores suelen prestar una primera orientación gratuita cuando llega alguien por la puerta con un «problema» de este tipo. La alternativa es ir a una Delegación de la Administración Tributaria, pero lo cierto es que por mucha suerte que puedas tener al ser atendido por un excelente funcionario, como ha sido el caso de la pareja que inspira el post de hoy, lo cierto es que no podrán ni te arreglarán el problema porque, realmente, no es su trabajo (te pueden informar, pero no te pueden hacer el recurso).

Pauta número Tres. No te quedes con dudas si quieres tomar las mejores decisiones.

Se haya escogido el camino que se haya escogido (ir a Hacienda o a un asesor fiscal) lo importante es intentar asimilar la información que se te ofrece y si no la entiendes, preguntar de nuevo para que puedan ofrecerte una explicación mejor, facilitándote una óptica que pueda ser más comprensible para ti. A veces, con la emoción de tener un expediente entre las manos e imaginar los distintos procedimientos que vamos a llevar a cabo, ponemos el automático y nos olvidamos de traducir los «tecnicismos». No pasa nada por dar ese toque de atención y decir «no lo entiendo, explícamelo otra vez». Yo no sé de bujías ni de bombillas ni de muchísimas otras cosas más y conozco esa sensación de desamparo que se produce cuando se «corta» la comunicación y lo único que resuena en nuestra cabeza es un «no estoy entendiendo nada de lo que me estás diciendo».

Pauta número Cuatro. Ha llegado el momento de tomar decisiones y de actuar.

La Administración Tributaria puede estar en lo cierto respecto a lo que te está requiriendo o liquidando, o no. Incluso a veces teniendo la razón, Hacienda no está siguiendo los procedimientos con el cuidado que la Ley le exige para garantizar los derechos del contribuyente y, por ello, puede anularse todo el procedimiento aún cuando la razón del fondo no está de nuestra parte. Todas estas «triquiñuelas» (por llamarlo de algún modo) puedes conocerlas tu, por otras experiencias o por conocimientos propios, o puede conocerlas tu asesor, quien te marcará una hoja de ruta y te irá explicando con detalle cada uno de los pasos a seguir.

Así que, en resumidas cuentas, si hemos recibido una comunicación de Hacienda, lo primero: recogerla y ver qué está pasando. Leerlo con detenimiento y si no entendemos el contenido o no sabemos qué pasos seguir, buscar siempre asesoramiento (lo mismo que si nos duele una muela, vamos al dentista 😉

Y finalizado este manual, sólo nos queda recordarte que si necesitas asesoramiento puedes contar con Interasesoría. Cuéntanos qué te ha enviado Hacienda y te contaremos la mejor forma de atender cualquier comunicación con ella.

Feliz semana!

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