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Nuevas medidas en el Plan de igualdad y registro salarial.

Con la publicación del Real Decreto-ley 6/2019 el 7 de marzo se han aprobado 7 artículos que garanten la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el trabajo. Teniendo como objetivo eliminar la discriminación directa o indirecta hacia las mujeres, promoviendo la igualdad de trato y oportunidades entre ambos sexos.

Se plantea modificar la Ley Orgánica 3/2007 buscando que cada vez sean más las empresas que tengan un plan de igualdad para su negocio. Tal y como se establece, se pretende que todas las empresas de más de 50 trabajadores/as estén obligadas a disponer de una serie de medidas que reduzcan las desigualdades considerando que las de 250 trabajadores/as ya estaban obligadas.
Para elaborar este plan de igualdad se deberá realizar un diagnóstico previo que contenga los siguientes puntos:

1. Proceso de selección y contratación
2. Clasificación profesional de la plantilla
3. Formación
4. Promoción en el trabajo
5. Condiciones de trabajo (auditoría salarial entre hombre y mujeres)
6. Ejercicio corresponsable de los derechos de vida familiar y laboral
7. Infra-representación femenina (si existe)
8. Retribuciones
9. Prevención de acoso sexual (razón de género)

Una vez se ha completado se debe entregar en el Registro de Planes de Igualdad de las empresas en la parte de Registros de convenios y acuerdos colectivos.

El artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores sufre una modifiación con la aprobación de este nuevo Real Decreto ya que a partir de ahora las empresas de más de 50 trabajadores/as deberán realizar un registro salarial. Entendiendo que todos los trabajos que se realicen tendrán el mismo valor y por lo tanto el mismo pago. Además, en el caso de que en una empresa tenga al menos 50 trabajadores/as y el promedio de sueldos de un sueldo y otro sea superior en algún caso del 25% o más se deberá declarar porqué hay estas diferencias.

Los valores medios de salarios, complementos salariales y extra-salariales serán los valores que se deban tener en cuenta para el registro salarial.

Puedes consultar toda la información sobre este artículo en la siguiente entrevista concedida por Mauro Blanco, asesor laboral de INTER asesoría, al Diario de Arousa. Picha aquí.

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