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Si quieres devolución de IVA mensual, éste es tu mes

Hoy te vamos a hablar del REDEME, que son las siglas por las que se conoce el régimen de devolución mensual de IVA. ¿Y en qué consiste? Se trata de un sistema por el que el contribuyente cierra liquidaciones mensualmente, pudiendo solicitar (y siempre que exista saldo a su favor) las devoluciones de IVA de forma mensual, sin tener que esperar a Enero del próximo año, como se hace «tradicionalmente«.

¿Quién puede acogerse al REDEME?

  1. Los contribuyentes que no estén en el régimen simplificado de IVA.
  2. Que estén al corriente de sus obligaciones con Hacienda (obligaciones y deudas)
  3. No haber sido excluido en el REDEME los tres años anteriores a la solicitud de alta.

¿Qué obligaciones conlleva estar dado de alta en el REDEME?

  1. Hay que comunicarle a Hacienda tu voluntad de acogerte al sistema. ¿Cómo y cuándo? Ahora, dentro del mes de noviembre para que surta efectos a partir del 1 de enero del 2016 y a través del modelo 036 de Hacienda.
  2. Presentar mensualmente las declaraciones de IVA, modelo 303, y el modelo 340 (Declaración informativa de IVA).

¿Qué ventajas implica el REDEME?

Como te hemos comentado al principio, la principal ventaja – la miel en los labios – es la de poder solicitar el IVA de forma mensual, sin tener que esperar todo un año para poder presentar la solicitud de devolución, lo que puede acarrear para muchos autónomos y pymes un considerable esfuerzo financiero (dado que tienen «inmovilizado» el dinero en la cuenta de Hacienda hasta tener la oportunidad de pedir la devolución).

¿Qué desventajas existen?

No es exactamente una desventaja, pero acogerse a este régimen implica contar con un mayor control y planificación (evidentemente, a nadie le importa tener un mayor control y planificación sobre sus cuentas, pero administrativamente supone un mayor trabajo que, dependiendo de cuál sea nuestra situación puede ser asumible o no).

Afortunadamente, la tecnología está de nuestra mano 😉 En Interasesoría, por ejemplo, todos nuestros clientes tienen a su disposición, sin mayor coste adicional, programas de contabilidad, gestión y control documental que les permiten no sólo tener «todo en su sitio y al alcance«, sino además, poder conocer en cada momento, cada día, cuál es la situación de su empresa o proyecto.

Esperamos que el post de hoy te haya ayudado a conocer y tener más claro en qué consiste este régimen especial de IVA. Recuerda que si tienes dudas o quieres conocer si te conviene o no la aplicación de este régimen, en Interasesoría somos especialistas en planificación tributaria y nos encantará poder trabajar contigo en lo que necesites.

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