¿Sabías que…cambió el plazo para el envío de facturas?
Recordemos que, hasta ahora, el plazo para remisión de facturas es era de un mes desde la fecha de expedición de las facturas (art.18 del Real Decreto 1619/2012 de 30 de noviembre). Pues bien, desde la reciente publicación del Real Decreto 596/2016 , de 2 de diciembre, se modifica el citado artículo con efectos a 1 de enero de 2017, por el que se establece un nuevo plazo de remisión de las facturas, cuando el destinatario sea un empresario o profesional que actúe como tal. En estos casos, la remisión de la factura deberá efectuarse antes del día 16 del mes siguiente a aquél en que se haya producido el devengo del Impuesto.