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Empresas familiares en crisis: ¿cómo la enfrentan?

Actualmente encontramos una gran cantidad de empresas familiares en crisis que intentan enfrentarse a los efectos negativos de la crisis causada por la covid-19. En muchos sectores encontramos empresas que se han visto obligadas a paralizar su actividad durante el estado de alarma. Esta situación ha provocado en muchos negocios problemas de liquidez y solvencia por lo que han optado a utilizar las medidas proporcionadas por el Gobierno. Medidas tan populares como los ERTEs o la financiación ICO, con el objetivo de recortar costes y conseguir liquidez.

Declaración de concurso y aplazamiento

No obstante, existen otras alternativas a las del gobierno central que podemos hallar en el ámbito pre-concursal y concursal. Precisamente la Ley Concursal fue recientemente aprobada y entrará en vigor el día 1 de septiembre. La medidas procesales y organizativas pueden contribuir a acelerar estos procesos por lo que es muy importante conocerlas.

En el ámbito procesal, una empresa insolvente debe legalmente solicitar la declaración de concurso durante los dos meses siguientes a los que el deudor conozca dicha situación. El impacto del coronavirus en el mundo empresarial ha provocado que muchos empresarios acumulen deudas de todo tipo. Los negocios familiares deben poner sobre la mesa las distintas opciones para poder reestructurar su deuda y cumplir los plazos para salvar la empresa.

Con respecto a esto, una de las medidas del Gobierno, que facilita la situación de las empresas familiares en crisis, es conceder una moratoria a los deudores insolventes. Pues el plazo de los dos meses para la declaración de concurso ha quedado suspendido hasta el 31 de diciembre. Sin embargo, esto no significa que no puedan existir responsabilidades por causar o empeorar la insolvencia de la empresa.

Reestructuración de la deuda

Para solventar la situación de las empresas familiares en crisis, esto es lo que sucede después de la declaración de concurso. En el caso de que la empresa no se encuentre en ningún proceso de ejecución judicial o extrajudicial abierto, se puede acordar una refinanciación. Es decir, un acuerdo de refinanciación homologado judicialmente para refinanciar y reestructurar la deuda. En el caso de pequeñas y medianas empresas, un acuerdo extrajudicial de los pagos supone un coste menor. Durante las negociaciones el deudor está protegido ante posibles ejecuciones patrimoniales. Por otra parte, en caso de querer evitar hacer pública la situación de pre-concurso, existe la posibilidad de solicitar el carácter reservado.

Aunque existe mucho recelo ante el proceso concursal o pre-concursal, es importante darse cuenta de que es una herramienta más para proteger y ayudar a las empresas familiares en crisis.

Noelia Puceiro, directora de INTER Asesoría, nos amplía información sobre este tema en su último artículo para Diario de Arousa. Puedes consultarlo haciendo click aquí.